Derrota mayor para Trump frente a la justicia estadounidense
La Corte Suprema de los Estados Unidos acaba de dar un golpe fuerte. En una decisión rarísima, declaró ilegales los aranceles internacionales impuestos por Donald Trump, quitándole una herramienta comercial que él blandía como un arma geopolítica. Una bofetada judicial que podría reorganizar las cartas de su política económica. Pero ¿hasta dónde llegará este enfrentamiento entre la Casa Blanca y el poder judicial?

En breve
- La Corte Suprema anuló los aranceles globales de Trump por 6 votos contra 3.
- La ley IEEPA no autoriza al presidente a imponer tarifas aduaneras, según la mayoría.
- El juez presidente John Roberts redactó la opinión mayoritaria.
- Los derechos bloqueados estaban dirigidos a Canadá, México, China y decenas de otros socios comerciales.
La Corte Suprema limita el poder tarifario de Trump
El viernes 20 de febrero de 2026, la Corte Suprema de los Estados Unidos emitió un veredicto contundente contra Donald Trump, invalidando por 6 votos contra 3 una parte central de su política tarifaria.
El juez presidente John Roberts redactó la opinión mayoritaria, con el apoyo de las juezas liberales Elena Kagan, Sonia Sotomayor y Ketanji Brown Jackson, así como de dos jueces conservadores. Solo Thomas, Alito y Kavanaugh defendieron la posición del ejecutivo.
En el centro de la disputa: la ley sobre poderes económicos de emergencia internacionales, conocida bajo el acrónimo IEEPA. Después de su investidura, Trump invocó esta ley para declarar el estado de emergencia nacional. Primero frente al tráfico de drogas proveniente de Canadá y México, luego debido a los «déficits comerciales persistentes» con sus socios.
Sobre esta base, impuso aranceles masivos: 25 % sobre las importaciones canadienses y mexicanas, 10 % sobre los productos chinos, y un arancel mínimo de 10 % sobre casi la totalidad de las importaciones mundiales.
La Corte decidió sin ambigüedades: la IEEPA no le otorgaba ese derecho. El término «regular las importaciones», inscripto en la ley, no puede asimilarse a un poder de tributación ilimitado.
Como recuerda Roberts, los aranceles no son una versión atenuada de una prohibición u obligación, corresponden al poder fiscal, que constitucionalmente pertenece al Congreso.
Una doctrina aplicada con precisión quirúrgica
Para justificar su decisión, la mayoría de los jueces se apoyó en un principio jurídico bien establecido: la doctrina de las «preguntas mayores». La idea es simple, cuando una decisión política es de gran importancia, el Congreso debe autorizarla explícitamente. No puede, mediante una formulación vaga, permitir que el presidente actúe a su antojo.
Sin embargo, en cincuenta años de existencia, la IEEPA nunca había servido para imponer aranceles de tal envergadura. Un precedente inexistente que, a ojos de la Corte, lo dice todo.
La mayoría también desestimó, punto por punto, los argumentos presentados por la administración Trump. ¿La comparación con la ley Trading with the Enemy Act? Considerada demasiado débil. ¿Los precedentes de contextos de guerra? Inaplicables en tiempos de paz.
En cuanto al fallo Federal Energy Administration v. Algonquin SNG, simplemente no aplicaba: se basaba en el artículo 232, una ley que, esa sí, mencionaba en negro sobre blanco los aranceles. Algo que la IEEPA no hace.
En el ámbito judicial, la batalla se había librado en dos frentes simultáneamente. Pequeñas empresas habían demandado ante el tribunal de distrito de Washington D.C., mientras que doce estados y otras compañías entablaban una acción separada ante la Corte de comercio internacional.
En ambos casos, la Casa Blanca había sufrido derrotas. La Corte de apelaciones federal luego confirmó estas decisiones. La Corte Suprema entonces reunió ambos casos para decidir de una vez por todas.
Un giro para la política comercial estadounidense
Esta decisión no se limita a un desacuerdo jurídico: redibuja los contornos del poder ejecutivo en materia de comercio internacional. Trump ya no puede usar la IEEPA como un cheque en blanco para imponer tarifas a su antojo.
Para recuperar margen de maniobra, deberá obtener una autorización explícita del Congreso o recurrir a otras bases legales, como el artículo 232 o el artículo 301, con sus propias restricciones procedimentales.
Para los mercados, la noticia es motivo de confianza: una regla del juego más previsible, relaciones comerciales potencialmente estabilizadas. Sin embargo, para Trump, es una humillación rara, y quizá el comienzo de una redefinición forzada de su estrategia económica.
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